Pérez Modesto valora aumento cobertura seguridad social

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El gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto, valoró la resolución número 482-07 aprobada por la entidad, la cual incluyó once nuevos medicamentos ambulatorios, dos de alto costo, 36 nuevos procedimientos e incorporó el suministro de sillas de ruedas para las personas con discapacidad permanente.

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Aseguró que dicha inclusión es un paso trascendental luego de la ampliación de cobertura realizada hace más de dos años por el ente rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Pérez Modesto dijo que esta resolución sentará las bases para nuevas transformaciones no solo de la Ley 87-01, sino de nuevas coberturas que se encuentran pendientes de aprobar con la finalidad de mejorar gradualmente la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS).

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“Con dicha decisión a favor de los afiliados se demuestra que el Consejo no es un ente paralizado e ineficiente, como muchas veces se quiere presentar porque al mirar su desarrollo en los años trascurridos se nota la evolución significativa e importante que hemos tenido”, expresó.

Destacó que entre los nuevos medicamentos que se incluyeron en el Plan de Servicios de Salud (PDSS), se encuentra el calcitriol, y paracicalcitol requeridos para la diálisis en pacientes renales, enfermedad de alto costo.

En ese sentido, felicitó el conjunto de instituciones que conforman el Consejo y la capacidad mostrada por por el ministro de Trabajo y presidente del CNSS, Winston Santos de conciliar con los sectores que inciden en el Sistema.

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Aumentan consultas médicas y más procedimientos

Afirmó que tal como se ha resaltado por primera vez los médicos desde el inicio del Sistema Dominicano de Seguridad Social recibirán un incremento en el valor de su consulta y se incrementó el 15 por ciento a las tarifas por concepto de ayudas diagnósticas en clínicas y hospitales, para cobertura de prestaciones contenidas en el Catálogo del Plan de Servicios de Salud.

La resolución incrementó un 67% del monto a pagar por concepto de cada consulta médica, lo cual deberá ser refrendado mediante resolución de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).