En el marco de la Semana Santa y ante la situación de emergencia nacional que enfrenta el país a causa de la pandemia provocada por la enfermedad COVID-19, el Gobierno de la República tomó la decisión de endurecer las medidas sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud para contener el contagio. Esto sin restringir el acceso a los servicios básicos.
Las características epidemiológicas de la enfermedad requieren que el sistema de salud, la institucionalidad y toda la población tomen medidas radicales para prevenir la rápida transmisión de casos y evitar la sobrecarga de los servicios de salud en las próximas semanas y que esto incida en un aumento en la mortalidad de la enfermedad en Costa Rica.
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Así lo dio a conocer el Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, junto al Ministro de Salud, Daniel Salas y el Presidente de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Román Macaya, en conferencia de prensa este miércoles, al mediodía.
Alvarado detalló que se estableció aplicar una serie de medidas a partir del viernes 3 de abril y hasta el martes 7 de abril inclusive; posteriormente, empezarán a regir otras medidas del miércoles 8 de abril al domingo 12 de abril.
Del viernes 03 al martes 07 de abril.
No podrán circular vehículos después de las 5:00 p.m., salvo excepciones.
Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas.
Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público y se restringirá el transporte público de larga distancia.
Se mantendrán los servicios de alimentación a domicilio.
Restricción vehicular nocturna ampliada de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. (a partir del viernes a las 5:00 pm)
Restricción vehicular diurna de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. (a partir del sábado a las 5:00 am).
No se permitirá el tránsito vehicular según el número final de la respectiva placa de circulación:Sábado: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.Domingo: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.Lunes: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.Martes: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.
Reducción al mínimo del transporte público de larga distancia, únicamente dos carreras diarias.Las rutas restringidas corresponden a las que cubren distancias mayores a 75 kilómetros. Esto se acordó en un diálogo entre transportistas y el MOPT.
Cierre de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento y atención a público presencial.
Se permiten los servicios a domicilio.
Se mantiene el servicio de taxi.
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Del miércoles 08 al domingo 12 de abril:
Por 5 días se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos e intercambio de servicios en virtud del estado de emergencia nacional. Ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Emergencias y Prevención del Riesgo, respecto a la potestad del Poder Ejecutivo de imponer restricciones temporales durante una emergencia nacional.
Salvo casos exceptuados, se suspende la circulación de vehículos y tránsito de personas.
Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días.
También se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales y servicio de taxi.
No circulación de vehículos por las vías públicas. La lista de excepciones será comunicada el día de mañana.
Se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales.
Restricción al tránsito vehicular con las siguientes excepciones: acceso a supermercados, farmacias y centros de salud sin restricción horaria.
En caso de ir al supermercado o farmacia en vehículo, únicamente podrán circular:Miércoles: vehículos cuya placa finalice en 0 y 1.Jueves: vehículos cuya placa finalice en 2 y 3.Viernes: vehículos cuya placa finalice en 4 y 5.Sábado: vehículos cuya placa finalice en 6 y 7.Domingo: vehículos cuya placa finalice en 8 y 9.
Estas medidas buscan evitar el traslado a sitios de recreo o que las personas salgan del país utilizando servicios de transporte público y con ello reducir las posibilidades del contagio para no colapsar los servicios de salud.
El sector público se mantendrá en modalidad teletrabajo y atendiendo la emergencia durante Semana Santa y solo se darán los feriados de ley que corresponden a jueves y viernes, para evitar que vacacionen.
El 13 de abril se retomarán las restricciones vigentes al día de hoy.
Con respecto a la aplicación de la restricción vehicular durante la noche de este martes y madrugada del miércoles, se reportaron 172 partes por infringir la disposición sanitaria emitida por el Ministerio de Salud, asimismo se realizaron 345 multas por casos varios. Y se sorprendieron 9 conductores en estado de ebriedad, según reportó el Ministerio de Seguridad Pública.
Fuente: MInisterio de Salud