Amplían catálogo fármacos y procedimientos en SFS

laa.jpg

laa.jpg

El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprobó, a través de la resolución 431-02, la inclusión de 27 medicamentos para tratamientos oncológicos de alto costo, de máximo nivel de complejidad y de última generación.

Entre estos medicamentos figuran Abiraterona, Ácido ibandrónico, Ácido Zoledrónico, Albúmina+Plaquitaxel, Anastrozol, Aprepitant, Bendamustina, Bevacizumab, Bicalutamida, Bortezomib, Capecitabina y Cetuximab.

También, Dasatanib, Doxorrubicina Liposomal, Erlotinib, Exemestano, Fulvestrant, Gemcitabina, Ibrutinib, Irinotecán, Lapatinib, Lenalidomida, Letrozol, Permetrexed, Pertuzumab, Sunitinib y Temozolamida.

La resolución detalla los siete medicamentos para hemodiálisis y trasplante renal, los incluidos son: Everolimus, Tacrolimus, Micofenalato de Mofetilo, Micofenolato Sódico, Ciclosporina, Basiliximab y Sirolimus.

Además, se incluyeron 44 procedimientos: inserción de catéter epidural en canal espinal para infusión de sustancia terapéutica o paliativa, marcaje por sonografía sono dirigido, marcaje por mamografía, estudio de coloración inmunohistoquimica en biopsia, arteriografía coronaria, plasmaferesis terapéutica o de recambio, nefrectomía de donante vivo por laparoscopia y retiro de catéter subclavio bajo anestesia, retiro de catéter ureteral.

También, radioterapia de intensidad modulada (imrt), radioterapia conformada tridimencional (3d-crt), radioterapia guiada por imágenes (igrt), colocación de puerto para quimioterapia, cruce sanguíneo, braquiterapia, y biopsia abierta de glándula o conducto salival sod, colocación catéter arterial periférico (línea arterial).

Asimismo, extracción de tubo de traqueotomía, implantación de catéter venoso subclavio o femoral, parche hemático epidural en canal espinal, revisión de traqueostomía, sustitución de tubo de traqueostomia, cierre de estoma de intestino grueso por laparotomía, extracción de tubo de gastrostomía, sustitución de tubo (sonda) de gastrostomía, retiro de sutura en cornea., recorrido corporal con i-131 (rastreo de metástasis), entre otros.

La resolución ratifica y detalla que la atención integral del Plan Básico de Salud, prevista en los artículos 3, 129 y 172 de la Ley No. 87-01, de fecha 9 de mayo del 2001, así como en los Ordinales Cuarto y Quinto de la Resolución del CNSS No. 375-02, de fecha 29 de octubre del 2015.

Comprende todo servicio (prevención, procedimientos diagnósticos y terapéuticos, rehabilitación, medicamentos, materiales, insumos, aparatos y dispositivos) que, incluidos en el Catálogo de Prestaciones del PDSS/PBS vigente, resulten necesarios para garantizar al afiliado el adecuado y completo cumplimiento de las atenciones.

 

Qué dice ADARS

La Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS) saludó la ampliación de los servicios a los afiliados al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, dispuesta en la última Resolución del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

El presidente del organismo que integra a las principales ARS del país, José Manuel Vargas, afirmó que la medida representa un beneficio significativo para los afiliados porque sin aumentarle la carga económica les da acceso a más de cien procedimientos y atenciones que no estaban consignadas en el catálogo y que influirán para garantizarles una salud integral.