Santo Domingo.- La Cámara de Diputados aprobó la primera enmienda al contrato suscrito por la farmacéutica Pfizer y el Estado dominicano para recibir más de un millón de vacunas donadas contra el Covid-19.
Se trata de la primera enmienda al contrato del 23 de julio del 2021, suscrito por Pfizer Free Zone Panamá, S. R.L., y el Gobierno de la República Dominicana representado por el Ministerio de Salud Pública (MSP) y Asistencia Social, en la persona del ministro de Salud Pública, doctor Daniel Rivera.
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La misma modifica el contrato de fabricación y suministro suscrito entre Pfizer y el comprador (Estado dominicano), del cinco de mayo del 2021, el cual es el contrato original, Pfizer acuerda la donación por parte de Estados Unidos de 1,000,350 dosis de su vacuna contra el COVID-19 así como 1,002,000 de diluyente a la República Dominicana.
Las partes acuerdan expresamente que las dosis donadas solo se asignarán del Programa de Donaciones de los Estados Unidos.
El comprador acuerda eximir todos y cada uno de los impuestos aduaneros, IVA o impuestos aplicables a las dosis donadas.
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Las dosis serán adicionales a las dosis contratadas totales ordenadas por el comprador en virtud del Acuerdo.
En ese aspecto la enmienda acuerda que Pfizer deberá procurar que Pfizer Overseas LLC entregue las dosis donadas a un sitio de entrega autorizado y acordado entre las partes de conformidad con el contrato.
Para evitar cualquier duda Pfizer Overseas LLC es el responsable de entregar las dosis donadas, pero no asumirá la titularidad de las dosis donadas, ni transferirá el título en las dosis donadas al comprador, ni tampoco tendrá ningún rol en la importación, toda vez que el comprador será el único importador de las estas dosis donadas frente a las autoridades aduaneras respectivas.
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Este contrato fue aprobado el pasado 27 de julio en el Senado de la República y el mismo fue enviado por el Poder Ejecutivo.
Se indica que el Estado dominicano debe mantener indemne a Estados Unidos contra toda responsabilidad, costos, gastos y reclamaciones de cualquier tipo que surjan en conexión con el suministro, distribución, dispensación, uso o administración de los materiales en República Dominicana.