ARS agrupadas en Adimars aclaran cifras

A continuación se reproduce el texto íntegro de una carta de la autoría de la presidenta de la Asociación de Igualas Médicas y Administradoras de Riesgos de Salud (ADIMARS) Leyda Rivera, dirigida al director del Listín Diario, Miguel Franjul:

Luego de saludarle, por medio del presente documento, las ARS suscribientes ARS Futuro, ARS Meta Salud, ARS Grupo Medico Asociado y ARS Renacer, las cuales actualmente conforman la Asociación de Igualas Médicas y Administradoras de Riesgos de Salud (ADIMARS), tenemos a bien hacer referencia al artículo publicado el pasado 2 de marzo del presente año titulado: “ARS: Mucho dinero por muy poca salud” elaborado por el periodista Ignacio Nova.

Al respecto, es de suma importancia aclarar que las cifras dadas por el señor periodista hacen referencias al cuadro publicado por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) el día lunes 2 de febrero de 2015; sin embargo, en el análisis del mismo se cometen errores tan graves como tomar el total de ingresos de todas las ARS habilitadas, ascendente a RD$52,592,445,178.19 para el año 2014 y compararlo con la cifra de RD$8,831,546,689.00, que recoge las cuentas pendientes de pago a las prestadoras de servicios de salud (PSS) como si se tratara del valor total pagado a los PSS durante el año 2014.

Al parecer la confusión se mantiene, no solo por la falta de manejo de que el monto señalado no puede analizarse sin la cifra de siniestralidad en salud que maneja cada ARS, sino también por el hecho de plantear que la responsabilidad de la atención en salud pertenece a la ARS cuando es exclusiva de las PSS (hospitales, clínicas, centros diagnósticos, laboratorios, farmacias y médicos independientes).  

El fin de las Administradoras de Riesgos de Salud dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social es administrar el riesgo de salud de sus afiliados; en consecuencia, en representación de nuestros afiliados tenemos la importante responsabilidad de contratar a los Prestadores de Servicios de Salud en todos los niveles de atención de salud establecidos tanto por la Ley General de Salud 42-01 como por la Ley 87-01 y garantizar una prestación de servicios con calidad y de manera oportuna, previamente evaluadas por el Ministerio de Salud.

En ese mismo orden, es preciso destacar que es nuestro objetivo como asociación, velar por la correcta aplicación de la Ley 87-01 y su normativa complementaria, de manera que nuestros afiliados puedan recibir los beneficios otorgados por el Seguro Familiar de Salud, dentro del marco legal establecido y que en todo momento nuestro accionar está basado en la transparencia, por lo que nos encontramos en la obligación de hacer estas puntualizaciones a raíz del enfoque errado del citado artículo. 

En ese sentido, le solicitamos realizar las aclaraciones de lugar, ya que este tipo de publicaciones generan confusión en la población general, para lo cual estamos en la mejor disposición de recibir al Sr. Nova o tener un encuentro en esa empresa.

Fuente: www.listin.com.do