El Superintendente de Salud y Riesgos Laborales calificó como un acto de correcta administración de justicia el rechazo del Tribunal Constitucional a la acción de inconstitucionalidad del artículo 14 de la Ley 123-15, que crea el Servicio Nacional de Salud.
El doctor Pedro Luís Castellanos, explicó que en ese dispositivo de la Ley 123-15 establece la obligatoriedad de la contratación de las Prestadoras Públicas de Servicios de Salud por parte de las ARS.
Dijo que de esta forma, se avanzará en reponer a los hospitales públicos contratados, los costos de las atenciones brindadas a personas afiliadas al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.
Informó que recientemente se creó una mesa técnica permanente de trabajo, coordinada conjuntamente por el Misterio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud y la SISALRIL, en la cual se da participación abierta a las ARS, las Prestadoras de Servicios de Salud y otros actores vinculados al sector.
Se trabajará para identificar aquellos establecimientos que reúnen los requisitos básicos para que se realice la contratación por las ARS, y cuáles son los aspectos que deben fortalecer cada uno de los centros que están en proceso de desarrollar sus capacidades.
Explicó que estos desarrollos se refieren a la cartera de servicios, tarifas, capacidad de obtener las autorizaciones y de facturar a las ARS. De esta forma se facilita los procesos y, en caso necesario, se capacita a los responsables de cada procedimiento.