Clarifican términos para cobertura de médicos afectados por COVID-19

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WhatsApp_Image_2020-05-27_at_6.56.32_PM.jpegSanto Domingo.- El Colegio Médico Dominicana (CMD) y el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), fijaron posición en torno a la cobertura de salud que se brindará a los médicos afectados por el COVID-19.

Les dejamos los cinco acuerdos pactados:

1.- Que es un derecho de todo el personal médico que se haya infectado por el COVID-19, reclamar frente al IDOPPRIL sus derechos porque esta enfermedad tiene cobertura como riesgo de salud dentro del ejercicio y labor del médico.

2.- El médico que contraiga o haya contraído dicha enfermedad debe notificar al departamento de Recursos Humanos del hospital o centro de salud donde labora.

3.- El IDOPPRIL reconoce dentro de sus funciones, dar cobertura en un 100 por ciento de los costos de: medicamentos, análisis, internamiento, etc.

4.- El IDOPRIL dará el 75 por ciento del salario del empleado, según su cotización en la Seguridad Social, mientras dure su incapacidad laboral o su licencia.

5.- El IDOPPRIL garantiza de manera oportuna la atención requerida por el médico afectado.

resumendesalud@gmail.com