Codopsi pide no contratar psicólogos que incumplan con estatutos

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Santo Domingo.- El Colegio Dominicano de Piscólogos (Codopsi) recordó mediante un espacio pagado en varios periódicos de circulación nacional, lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 22-01 que establece los requerimientos para ejercer la profesión que agrupan en el país.

Recordó a quienes incumplan con lo dispuesto que estarían atentando contra la ley.

Además, dijo que también, lo estarían haciendo aquellos que contraten a personas para ejercer cargos correspondientes a profesionales de la conducta sin que cumplan con los requisitos establecidos.

“En consecuencia, quien no cumpla con lo estipulado, estaría ejerciendo de manera ilegal la psicología”, agrega la advertencia, a la vez que exhortaron “a todas las empresas o instituciones a evaluar el estatus de los profesionales de la salud mental que conforman su equipo”, para con ello contribuir al cumplimiento del marco legal que los rige.

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Pese a que han recibido denuncias de pacientes, personas de la sociedad civil y colegas en los últimos meses, la secretaria de Ética y Disciplina del Codopsi, Heidy Camilo, aseguró que el anuncio no es por un hecho en específico, sino un simple recordatorio para estudiantes y colegas, así como también como parte de la misión que tiene la entidad de informar y educar.

Camilo explicó a Listín Diario que cada una de las denuncias recibidas es atendida validando con los denunciados si cumplen con los estatutos.

En caso de que se confirme la denuncia de que alguien ejerce ilegalmente la psicología, la legislación estipula que las sanciones serán multas de tres a diez salarios mínimos promedio o prisión correccional de seis días a dos años, o ambas penas a la vez.

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“En los casos más graves o de reincidencia, serán sancionadas con multas de once (11) a treinta (30) salarios mínimos promedio”, cita el artículo 32 del Capítulo diez, sobre las sanciones, en la ley 22-01 de la creación del Colegio Dominicano de Psicólogos.

El artículo 4 de la Ley 22-01 dice: “Es necesario que la persona titulada, esté o no colegiada, cumpla los requisitos siguientes: a) Estar amparada en un exequátur expedido por el Poder Ejecutivo; b) Estar registrada en el Colegio Dominicano de Psicólogos (Codopsi); y c) Tener residencia permanente en el país”.