Con apoyo ARS, el CMD y clínicas impugnan resolución manda prisión y multas

Santo Domingo. – Es quizás la primera vez en la historia –habría que investigar más- que el gremio médico, las sociedades especializadas, las ARS y las clínicas coinciden en un punto en el Sistema Dominicano de Seguridad Social: en el rechazo a una resolución del CNSS que manda prisión y multas millonarias.

El Colegio Médico Dominicano (CMD) y la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (ANDECLIP) presentaron un recurso de reconsideración contra la Resolución 584-03 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante un acto de alguacil entregado ayer en la sede del Consejo.

La instancia presentada es contra los artículos 4, 6 y 20 de la resolución. El primero clasifica las infracciones, el 6 trata la gravedad y el monto de las sanciones y el 20 la recaudación del monto de la sanción.

En tanto que la organización empresarial que agrupa a las principales Aseguradoras de Riesgos de Salud (ARS) se opone a dicha resolución, con lo que coincide en la posición del gremio médico.

La Asociación Nacional del Clínicas Privadas (ANDECLIP) coincide también con el CMD y las sociedades médicas se alinearon a su gremio profesional.

La referida resolución del CNSS contempla multas que rondan hasta seis millones de pesos y prisión hasta por dos años de cárcel a quienes cometan infracciones tipificadas en dicho dictamen.

 

ADARS

El presidente ejecutivo de ADARS, doctor José Manuel Vargas, aseguró que la resolución viola también el derecho a la libre elección, al limitar las facultades que tienen los afiliados de obtener diferentes planes de salud en distintas ARS.

El presidente del gremio empresarial de las principales ARS observó que la norma violenta la libre empresa y pone en tela de juicio la actuación correcta, profesional y honesta de las ARS.

Puntualizó que el artículo 17 de la resolución sanciona a las ARS y establece que esas empresas no pueden vender un plan de salud prepago o medicina local internacional, si no es en la misma ARS donde está su plan.

Esto –a su juicio- lacera la libertad de empresa y derechos fundamentales establecidos en la Constitución.

 

Sociedades médicas

El Colegio Dominicano de Cirujanos entiende que la normativa impone una camisa de fuerza a las sociedades especializadas, porque no podrán impulsar reclamos colectivos.

Opinó que la resolución deja a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) el criterio de lo que es falta grave para los Prestadores de Servicios de Salud (PPS) que nieguen servicios a los afiliados.

Considera que deja a criterio de ese órgano de la seguridad social “decir que los reclamos de las sociedades médicas pueden no justificar suspensión de servicios a una determinada ARS”.

Asegura que la normativa no establece diferencias entre prestadores institucionales, como centros de salud, y profesionales médicos, a los cuales les asigna sanciones iguales con montos desproporcionados para los médicos.

La Sociedad Dominicana de Patología opinó que la resolución es muy interpretativa y deja una puerta abierta que nunca se abre a favor del que tiene menos poder.

Dijo que criminaliza el ejercicio médico con sanciones penales en casos que no se tiene un protocolo claramente establecido.

“La severidad de las sanciones debe aplicarse con justeza proporcional a la falta. Son muchos los puntos sujetos a interpretaciones que deben ponerse sobre la mesa antes de que se ejecute esta resolución”, comentó.

La Sociedad Dominicana de Radioterapia Oncológica también abrió la boca. “Es una situación que, a los médicos y los prestadores de salud, ata de pies y manos en una flagrante violación al derecho que le corresponden”, precisó.

Planteó que las partes involucradas tengan la oportunidad de plantear sus inquietudes, “ya que esta decisión se tomó de forma arbitraria”.

 

Contexto

La Resolución 584-03 del CNSS contempla multas de hasta 5 millones 800 mil pesos por infracciones graves cometidas por los Prestadores de Servicios de Salud.

Asimismo, prisión desde los seis meses a dos años, según la gravedad de la infracción.

Desde el inicio tuvo el rechazo del CMD y las clínicas, ahora se sumó el de las ARS.

Fue aprobada el pasado 15 de febrero y el gremio médico asegura que no votó por la misma y que no fue invitado a las vistas públicas donde los actores del Sistema Dominicano de Seguridad Social trataron el tema y sus observaciones.

El CNSS es el órgano rector y superior del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Su responsabilidad es garantizar la protección social, solidaria, suficiente y oportuna en riesgos de vejez, discapacidad, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.

SISALRIL es una entidad estatal autónoma cuya función principal es velar por el cumplimento de la Ley 87 y sus normas complementarias, que rigen el sistema de seguridad social.