Delitos de Salud en la mira del congreso

uso-medicamentos.jpg

uso-medicamentos.jpgEl periódico Diario Libre en su rotativa de hoy expresó que enfrentar el contrabando de productos de consumo masivo, la falsificación y alteración de mercancías son algunas de las prerrogativas de una iniciativa de ley que cursa el Congreso Nacional y cuya aplicación podría endurecer los controles sobre estas prácticas.

En su texto indica que el proyecto de Ley Para la Prevención del Comercio Ilícito tendría como ámbito de regulación de medicamentos, hidrocarburos, bebidas alcohólicas y los derivados del tabaco.

Señala que, de la autoría de los senadores Charles Mariotti y José Ignacio Paliza, uno de los puntos del proyecto es la creación de una Procuraduría Especial Contra el Comercio de Bienes y Crímenes y Delitos contra la Salud como unidad especializada de la Procuraduría General de la República.

Afirma que este órgano, bajo la dirección de un Procurador Adjunto, estaría encargado de supervisar la política de persecución de los delitos tipificados. Además, tendría como responsabilidad la investigación, persecución y procesamiento de las personas responsables del comercio ilícito, falsificación y contrabando de medicamentos, bebidas alcohólicas, productos derivados del tabaco, hidrocarburos y otros bienes de consumo general.

Así mismo manifiesta que entre sus atribuciones también destacan el servir como auxiliar a las direcciones de Impuestos Internos y Aduanas para los casos de evasión fiscal o trasiego de productos.

No obstante el proyecto de ley, que aún se conoce en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado, describe como órganos reguladores con competencias sobre esta ley a los ministerios de Salud Pública e Industria y Comercio, la Dirección de Aduanas, la Dirección de Impuestos Internos y el Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor.

Delitos y sanciones

El diario cita que dentro de las acciones tipificadas como violatorias a este proyecto de ley figuran la elaboración de productos sin obtener los permisos que se exigen, la adulteración o modificación de productos y la falsificación de documentos confines de engañar a un consumidor a través del empaquetado de un producto.

Asimismo sería contrario a la norma la fabricación o suministro de medicamentos por personas físicas no autorizadas y su introducción en el mercado.

Agrega que se sanciona, además, la importación, exportación o distribución de productos medicinales falsificados, adulterados, reetiquetados, vencidos o si registro sanitario. En el caso de los combustibles es objeto de sanción la mezcla de derivados del petróleo con otras sustancias que sean diferentes o que sean de distintas clases con el fin de burlar los controles y gravámenes especiales.

Mientras, se determinará como contrabando de hidrocarburos cuando se trate de introducir una cantidad mayor a los 50 galones e inferior a ochenta por lugares no habilitados de acuerdo con la normativa aduanera vigente.

Citó además que para ello se prevé un castigo de tres a cinco años de prisión y una multa de 300 a 1,000 salarios mínimos del sector público, “sin que en ningún caso sea inferior al doscientos por ciento del valor aduanero de los hidrocarburos o sus derivados objeto del delito”.

Añade que si el delito de contrabando ha sido cometido mediante el empleo de violencia, intimidación, con intervención de un funcionario público en ejercicio de sus funciones, con la utilización de menores de edad y otros aspectos serán considerados como “agravantes” de la infracción lo que se castigaría con penas de cinco a diez años de prisión y una multa de 350 veces el valor aduanero de las mercancías.