Está fuera de juego Seguros Constitución

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La Superintendencia de Seguros a través de la resolución, 01-2017, revocó autorización que permite operar dentro del negocio de seguros en Republica Dominicana a la compañía de seguros Constitución.

Acontinuaciòn texto Inedito:

RESOLUCION No. :01-2017

El Superintendente de Seguros de la República Dominicana, Euclides Gutièrrez Fèlix, en el ejercicio de las atribuciones que le otorga la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana, del 26 de septiembre del año 2002, dicta la siguiente resolución:

CONSIDERANDO: que mediante comunicación No.1873, de fecha 21 agosto del año 2008, esta Superintendencia de Seguros aprobó la transferencia de acciones de Sol Seguros, S. A. a lo que actualmente es Seguros Constitución, S. A.

CONSIDERANDO: que de acuerdo al informe de la Dirección de Inspección se comprobó que Seguros Constitución, S. A. tiene déficit en el Índice de Liquidez Requerido, incumplimiento en el pago a los asegurados, corredores de seguros y ajustadores, no tienen habilitado sus registros contables y demás documentos obligatorios en violación a la Ley No.146-02 sobre Seguros y Fianzas y al Catálogo de Cuentas uniforme para todas las aseguradoras y reaseguradoras del país.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. emitió cheques por concepto de pagos de obligaciones pendientes que no fueron realmente cobrados por sus beneficiarios, lo que representa una irregularidad del sistema contable exigido a las aseguradoras, violando el Catálogo de Cuentas uniforme para todas las aseguradoras. Asimismo, se imposibilitó determinar el balance real de los montos correspondientes a las obligaciones ya que la aseguradora no facilitó la documentación que avalan los mismos.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. mantiene obligaciones contractuales con diferentes reaseguradores locales y del exterior que no están debidamente registradas en esta Institución, en violación a los artículos Nos.23 y 26 de la Ley No.146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. ha invertido más del 30% de las reservas en diversas empresas, lo que constituye una flagrante violación al art. 146, literal l) de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que las reservas específicas no fueran constituidas en relación a las obligaciones retenidas pendientes de cumplir por dicha aseguradora, en franca violación a lo establecido en el art.145 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. tiene deudas acumuladas por concepto de impuestos pendientes de pago a la Dirección General de Impuestos Internos.

CONSIDERANDO: que los Gastos Generales y Administrativos de Seguros Constitución, S. A. presentanun excesoen relacióna los ingresos, dando como resultado una pérdida por un monto elevado. En adición, dicha aseguradora mantiene obligaciones pendientes con los proveedores, suplidores y por concepto de serviciosprofesionales legales.

Res.No.01-2017, d/f /13/1/2017/, revocaciónde las

operaciones de Seguros Constitución

CONSIDERANDO: que la situación financiera que presenta Seguros Constitución, S. A., de iliquidez y cesación de pagos, así como lasituación deficitaria en elpatrimonio técnico ajustado, y en laliquidez mínima requerida, no le permiten continuar realizando sus operaciones de seguros, conforme a la Ley No.146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. no presentólos Estados correspondientes al año 2015 (auditados) ni los estados trimestrales correspondientes al año 2016, en violación a los artículos Nos.153, párrafo uno y párrafo 2 y 155 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas.

VISTOS los artículos Nos.139, 141, 142, 143,145, 146, 147, 153, 154, 155, 156, 157, 159, 160, 161, 162, 163 párrafo único, 164, 167, 185, 186, 187, 195 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana.

El Superintendente de Seguros, en el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos Nos.238 literal l) y 245 literal o) de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana.

RESUELVE

PRIMERO:Revocar la autorización que le fue otorgada a Seguros Constitución, S. A., para operar el negocio de seguros en todos los ramos a en el territorio nacional.

SEGUNDO: Tomar el control total de los activos de dicha compañía, los cuales quedarán bajo la guarda de esta Superintendencia de Seguros.

TERCERO: Ordenar aSeguros Constitución, S. A.,no ejecutar ninguna operación de venta ni suscribir contratos de seguros, ni efectuar ningún pago sin la debida autorización de la Superintendencia de Seguros.

DADA en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a lostrece(13) días del mes de enerodel año dos mil diecisiete (2017), años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración.

Euclides Gutièrrez Fèlix

Superintendente de Seguros