Entidad respalda propuesta atención primaria de Sisalril

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La Fundación por los Derechos del Consumidor (FUNDECOM) expresó su apoyo a la propuesta elaborada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), por mandato del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).

La iniciativa plantea el inicio de la atención primaria en salud, basado en el mandato contenido en el artículo 129 de la ley 87-01, del 9 de mayo de 2001, que instituye un Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

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FUNDECOM explicó que el artículo 129 dice que el Sistema Dominicano de Seguridad Social garantizará en forma gradual y progresiva a toda la población dominicana, sin importar el régimen financiero al que pertenezca, un Plan Básico de Salud de carácter integral compuesto por los servicios de promoción de la salud y medicina preventiva, atención primaria en salud que incluye emergencia, servicios ambulatorios y a domicilio.

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Además, atención materno infantil y prestación farmacéutica ambulatoria, atención especializada y tratamientos complejos por referimiento desde la atención primaria, exámenes de diagnósticos tanto biomédicos como radiológicos, atención odontológica pediátrica y preventiva, fisioterapia y rehabilitación y prestaciones complementarias, incluyendo aparatos, prótesis médicas y asistencia técnica a discapacitados lo que en la actualidad no se cumple.

En ese sentido, consideró que los sectores populares deben apoyar en lo esencial la propuesta de la SISALRIL para que se inicie la atención primaria en salud, que debió ser la puerta de entrada a la seguridad social desde el principio, pues de esa manera se prevendrán las enfermedades, se promoverá la salud y se reducirá de manera significativa el gasto adicional que tienen que hacer los afiliados al recibir atención médica especializada.

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Es por ello que llamó al Colegio Médico Dominicano (CMD) y a la Asociación de Clínicas Privadas (ANDECLIP), a acogerse al mandato de la Ley 87-01 y al acuerdo firmado por el CMD en 2016, en el que apoyó darle inicio a la atención primaria en salud, que daría valor a los artículos 60 y 61 de la Constitución de la República, que establecen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluyendo el derecho a la salud.