La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), reconoció la importancia del acuerdo pactado entre el Ministerio de Salud y a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), para optimizar y mejorar la calidad de los servicios de salud y se ofreció a aportar para que el convenio sea un referente de buenas prácticas de servicios.
En ese sentido, la directora de la DIDA, Nélsida Marmolejos, expresó su satisfacción por el convenio firmado entre la doctora Altagracia Guzmán Marcelino y el doctor Pedro Luis Castellanos, que según destacó contribuirá a mejorar los servicios que deben recibir los ciudadanos, en especial, los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
“Los contenidos del acuerdo nos indican que se basan en las posiciones que esta entidad ha venido sosteniendo desde que empezó el Seguro Familiar de Salud (SFS) en el año 2007, por lo cual les extendemos nuestro reconocimiento” indicó Marmolejos.
La directora de la entidad expresó el interés del organismo bajo su dirección de, en el marco de las atribuciones que le da la Ley 87-01, mantenerlos informados del desempeño de las prestadoras y de los niveles de satisfacción de los usuarios como receptores de los servicios.
Les auguró el mayor éxito en la consecución de los objetivos que persiguen con el acuerdo al tiempo de manifestar la disposición de la DIDA de aportar al logro de las metas perseguidas por el Sistema.
El Ministerio de Salud y la SISALRIL firmaron un acuerdo de cooperación mediante el cual establecen los mecanismos de supervisión, control y monitoreo de los prestadores de servicios de salud (PSS) a los afiliados del SDSS.
Entre las medidas a ejecutar se establecerá el registro o código único de los profesionales de la salud para la prestación de servicios a los afiliados y el Ministerio de Salud emitirá las normativas para que los PSS desarrollen sistemas de garantía de calidad y normas de autorregulación, para alcanzar y mantener niveles adecuados de calidad, oportunidad, seguridad de los pacientes y satisfacción de los afiliados, conforme lo indica el artículo 100 de la Ley General de Salud (42-01), entre otras iniciativas.
