«Negligencia médica: materia civil o penal» artículo que predijo situación actual demandas a médicos

Negligencia médica

Santo Domingo.- “Desafortunadamente, en República Dominicana no estamos preparados jurídicamente para enfrentar el problema de la negligencia médica. Continuar con la práctica actual de considerar todos los casos como materia penal traerá consecuencias negativas para todos”, según el doctor Ashley Baquero, en un artículo que publicó en el año 2015, y que parece como si lo hubiese dicho hoy.

En su escrito, que tituló: ‘Negligencia médica: materia civil o penal’, el especialista manifestó que, no solamente errar es algo humano, sino que también existen complicaciones médicas y quirúrgicas que son inherentes de los nuevos tratamientos complejos y no son responsabilidad del médico.

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“En muchos de los casos, el objetivo de la demanda debe ser recompensar al paciente o su familia por los daños sufridos y darle al médico la oportunidad de tomar medidas para evitar que suceda de nuevo”, comentó en esa fecha en que en República Dominicana, ni remotamente se pensaba que en este 2024 se estaría frente a una serie de demandas contra médicos y centros de salud que, quiérase o no, pone en entredicho las facultades de éstos.

Pero el doctor Baquero sí veía venir la situación. Tanto es así que, no sólo llegó a mostrar públicamente su preocupación, sino que hizo recomendaciones oportunas para que el país “se curara en salud” y supiera enfrentar estos casos cuando llegaran a la justicia.

 

Mejor manejo

“No debe ser sorpresa para nadie que, recientemente las demandas médicas han aumentado de manera considerable, y lo veíamos venir hace varios años y, por eso llegué a escribir sobre el tema. Desafortunadamente no se han tomado ningunas medidas, tal vez no para evitar las demandas, pero sí deben tomarse al menos para controlarlas y manejarlas de mejor manera. Siempre habrá demandas médicas justificadas, pero tenemos que diferenciar entre negligencia e imprudencia o irresponsabilidad».

Para justificar su posición, dice que solamente cuando la negligencia pasa a la irresponsabilidad e imprudencia como en el caso de Michael Jackson, es cuando debe tomar un carácter penal. «El médico que actúa éticamente siguiendo los protocolos y estándares vigentes, no debe estar preocupado por una demanda, ya que errores y complicaciones son parte de la práctica médica”, puntualiza.

Resalta que reconocer los errores y complicaciones y actuar a tiempo es la mejor protección que tiene el médico. “Así que como bien dijera recientemente el doctor Segundo Imbert Brugal en uno de sus artículos: ‘Es un error irreflexivo demonizar las acciones legales contra profesionales de salud, ante las demandas, la principal defensa es la prevención’, con lo que estoy de acuerdo”, dijo Baquero.

El presidente de la Fundación Dr. Baquero, en su artículo de 2015 había enfatizado: “Es responsabilidad de todos prepararnos para lo que inevitablemente viene, por lo que me permito hacer unas sugerencias al aire”, entre las que agregó «Elaborar los reglamentos de la Ley de Salud 42-01 en su artículo 164, Realzar seminarios médicos en aspecto médico-legal para educar a los médicos sobre cómo evitar y protegerse de demandas de mala práctica, Habilitar cortes especiales para conocer los casos de negligencia médica, etc..

Este llamado que, en 2015 hizo este médico dominicano, quien realizó por primera vez en la ciudad de Santiago un trasplante renal de donante vivo, en el año 1986, se ajusta perfectamente a la realidad que hoy vive el país con la cantidad de demanda contra médicos y centros de salud. Por esta razón, el galeno reitera la necesidad de que sean atendidas estas sugerencias.

 

Sobre demandas en EE.UU.

En aquel artículo, Baquero, citó el ejemplo de Estados Unidos, donde la primera demanda por mala práctica médica ocurrió en el año 1794. Por muchos años las demandas fueron escasas. Paradójicamente, los avances en las técnicas y tratamientos médicos provocaron un aumento de los casos de mala práctica. Todos los casos eran tratados como incumplimiento de contrato entre las partes en tribunales civiles.