Santo Domingo.- El nuevo régimen fiscal al que se acogieron muchos médicos constituyó una celada para los médicos, pues el mismo contempla, sólo si lo autoriza la DGII, devolución de lo pagado por adelantado en la declaración anual.
Así lo explica el consultor financiero José Moscoso, a quien entrevistó Resumen de Salud sobre la confusión que ha causado la declaración del impuesto anual de los galenos que se sometieron al Régimen Simplificado Tributario (RST).
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Mocoso asegura que, a diferencia del Procedimiento Simplificado de Tributación (PST), el nuevo régimen no da la libertad al contribuyente de aprovechar los saldos a favor de años anteriores.
Refiere que el párrafo VI, del artículo 22, del decreto 265-19, que lo establece, los saldos a favor que antes aparecían en el formulario de declaración de impuestos para su aprovechamiento, ahora deben ser solicitados su compensación o reembolsos a la DGII para su análisis y aprobación.
Señala que los cálculos son iguales excepto que ahora el tema del saldo a favor es diferente.
“Otro punto es que si el contribuyente sobrepasa en un 5% el límite de ingresos o compras (anuales), automáticamente caerá bajo un régimen normal de tributación sin que la DGII tenga que notificarle, como lo indicaba el anterior decreto”, puntualiza.
“El reembolsable antes era automático. Ahora hay que coger su pela solicitándolo a la DGII. Esto quiere decir que se pagará más hasta que la DGII autorice el reembolso del saldo a favor, en caso de tenerlo”, precisa.
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Explica que un saldo a favor es un monto de impuesto que fue pagado demás en un año y que puede ser compensado al año siguiente.
Los médicos que operan como personal tienen como plazo el último día laborable de este mes para presentar su declaración jurada anual, en la que establece los ingresos y gastos anuales de su ejercicio profesional.
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