Rechazo a penalización al aborto

PRO.jpg

PRO.jpg

Profamilia pidió al Pleno de la Cámara de Diputados que rechace el informe de la Comisión de Justicia del órgano legislativo que excluyó dos de las tres causales del aborto y dejó un texto ambiguo sobre el aborto cuando la vida de las mujeres está en riesgo en su propuesta de modificación al Código Penal.

La entidad, un comunicado de prensa, consideró que la propuesta se contrapone con lo propuesto por el presidente Danilo Medina sobre la legislación, la cual observó por esos motivos.

“La posible aprobación de un Código Penal que no contemple de manera clara y específica las tres causales (cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer; cuando el feto viene con malformaciones que no le permitirán vivir después del nacimiento y cuando el embarazo es producto de una violación sexual o incesto) es un castigo a la mujer dominicana que pone en mayor riesgo su vida al someterse a un aborto clandestino”, planteó.

Explicó que entiende que la penalización absoluta también violenta el derecho a la dignidad de las mujeres.

“Los diputados que decidieron mantener un texto ambiguo en relación con el aborto cuando la vida de las mujeres está en riesgo a causa del embarazo, y relegaron las causales de violación y malformaciones congénitas incompatibles con la vida a la creación de una ley especial, con esta decisión, los congresistas dejan claro que no conocen la realidad de miles de mujeres dominicanas a quienes, con sus hechos, dan la espalda”, dijo.

Quizás le puede interesar las siguientes informaciones:

Profamilia tiene vacante para empleo

Profamilia desarrollará producto en salud femenina

Niegan injerencia de la ONU para despenalizar el aborto

Abogado constitucionalista asegura despenalización del aborto es compatible con la Constitución

De acuerdo con la información publicada por el periódico El Caribe, agregó que la Comisión propone que “la interrupción del embarazo practicado por personal médico especializado en establecimientos de salud, públicos o privados, no es punible si se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible.” Artículo 110.

Sin embargo expresó que sin lugar a duda, la propuesta hecha por el presidente Danilo Medina del 19 de diciembre de 2016 cuando observó el Código Penal, es lo que más le conviene a la salud de las mujeres dominicanas.

Los eximentes del Artículo 110 que propone el presidente Medina establecen que la interrupción del embarazo practicado por personal médico especializado en establecimientos de salud, públicos o privados no es punible si se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible. Igualmente, no constituye un hecho punible la interrupción del embarazo en los siguientes casos:

Cuando el embarazo sea el resultado de una violación, rapto, estupro o incesto, siempre que se practique dentro de las primeras doce semanas de gestación y que el mencionado hecho punible hubiere sido denunciado, o sea manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia.

Cuando debido a una malformación congénita, clínicamente establecida, la vida del concebido se considere inviable.