Salud Pública no tiene facultad legal para multar por falta de mascarilla, dice Subero Isa

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Santo Domingo.- El expresidente de la Suprema Corte de Justicia afirmó que ninguna disposición legal autoriza al Ministerio de Salud Pública a imponer multas a quienes no utilicen las mascarillas, medida dispuesta por las autoridades para evitar propagar el coronavirus.

Jorge Subero Isa sostuvo que, aunque está de acuerdo con el uso obligatorio de las mascarillas, hizo la aclaración “para evitar abusos de las autoridades en la aplicación de la resolución de Salud Pública”.

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“Salud Pública no tiene atribuciones para sancionar a las personas por el no uso de las mascarillas. Es diferente a las atribuciones del Proconsumidor, pues la ley expresamente le atribuye competencia para sancionar (Art. 43 ley 358-05 y TC/0080/19)”, indicó.

De acuerdo a la resolución del Ministerio de Salud Pública, las personas que no usen mascarillas en lugares públicos podrán ser sancionadas con multas de entre uno y diez salarios mínimos.

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El Nuevo Diario destaca que, el ministro de Salud Pública, Rafael Sánchez Cárdenas, hizo el anuncio de la entrada en vigor de esta resolución durante una intervención ante la prensa.

La resolución impone el uso de mascarilla en lugares públicos y en lugares privados de uso colectivo, como medida para mitigar la propagación del COVID-19.

resumendesalud@gmail.com