Salud recomienda incluir nuevo quemador de tabaco en proyecto de ley

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tabacoquemador.jpgSan José.- El Ministerio de Salud cambió de postura y recomendó a la Asamblea Legislativa incluir un nuevo quemador de tabaco dentro del proyecto de ley que regula los cigarrillos electrónicos y vaporizadores.

Mediante el oficio MS-DM-JM-7641-2020, el ministro de Salud,  Daniel Salas Peraza, se dirigió a los diputados y les pidió incorporar en el título y en artículo 1 del expediente 21.658, la definición de «Producto de Tabaco Calentado (PTC)», en el tanto de que estos no califican como Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN, cigarrillos electrónicos) y Sistemas Similares sin Nicotina (SSSN, vaporizadores).

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En la misiva, el jerarca menciona un nuevo dispositivo de la tabacalera Philip Morris llamado IQOS. 

«Debe especificarse dentro del objeto de la ley, la inclusión de los ‘IQOS’, ya que es un dispositivo que se clasifica como Producto de Tabaco Calentado, los cuales, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas, para lo cual estos dispositivos calientan el tabaco mediante sistemas de calentamiento alimentados por baterías. Los PTC no son catalogados como Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN) y dado que contienen nicotina no podrían clasificarse como Sistemas Similares sin Nicotina (SSSN).

Lo anterior se sustenta en una nota informativa publicada por el ente de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el que se recomienda que los Productos de Tabaco Calentado estén «sujetos a las medidas normativas y reglamentarias aplicadas a todos los demás productos de tabaco».

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El nuevo criterio del Ministerio -de acuerdo con el propio oficio- es una adición a uno que había suministrado Salas Peraza el 7 de septiembre, al que se le asignó el numeral MS-DM-JM-5467-2020. En la última de las misivas, el jerarca adjuntó un criterio técnico del Programa de Control de Tabaco, suscrito por la directora de Planificación, Andrea Garita Castro, el cual se limitaba a cuestionar por qué motivo no se habían incluido los productos como el IQOS.

Hasta ahora, la iniciativa establece la prohibición del uso cigarrillos electrónicos y vaporizadores en sitios como hospitales, oficinas, administraciones públicas, centros educativos, cárceles, centros comerciales, casinos, instalaciones deportivas, aeropuertos, transporte público, entre otros.

A esa lista de lugares, la cartera sugirió sumar los espacios de concentraciones masivas de personas, ferias, turnos, parques en general, instalaciones deportivas de uso común y lugares donde se desarrollen actividades recreativas, así como el Centro de Aprehensión Temporal de Extranjeros de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).