El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Pedro Cruz Villalón, ha abierto este jueves la puerta a patentar células madre procedentes de óvulos cuyo desarrollo ha sido estimulado sin fecundación, siempre que no sean aptos para convertirse en un ser humano.
El dictamen matiza una sentencia anterior del Tribunal de Justicia de 2011, que prohibió patentar las células madre obtenidas a partir de un embrión humano.
Las conclusiones se refieren al caso de la empresa de biotecnología International Stem Cell Corporation (ISC), que presentó en Reino Unido dos solicitudes de patente referidas a una tecnología que produce células madre a partir de óvulos activados sin esperma, mediante técnicas químicas y eléctricas.
Londres denegó ambas solicitudes acogiéndose a la sentencia del Tribunal de Justicia. Pero la compañía recurrió alegando que las restricciones de patentabilidad que fija este fallo no se aplican a su tecnología puesto que, a falta de ADN paterno, el óvulo activado no es capaz de convertirse en un ser humano.
En su dictamen de este jueves, Cruz Villalón da la razón a la empresa de biotecnología y señala que "a la hora de apreciar si un óvulo humano no fecundado debe considerarse un embrión humano, el criterio decisivo que ha de tomarse en consideración es si tiene la capacidad intrínseca para convertirse en un ser humano".
"En cambio, -añade- el mero hecho de que un óvulo humano no fecundado sea capaz de iniciar un proceso de división y diferenciación celular similar al de un óvulo fecundado no basta por sí solo para considerarlo un embrión humano".
No obstante, el abogado general señala que los Estados miembros pueden prohibir también que se patenten este tipo de células madre "basándose en consideraciones éticas y morales".
Los conclusiones del abogado general no vinculan al Tribunal de Justicia, aunque éste sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia final se dictará en los próximos meses.
Fuente: www.pmfarma.com.mx