Ya es realidad: médicos tendrán prisión por aborto

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Los médicos, cirujanos, farmacéuticos, enfermeras y otros profesionales provoquen un aborto podrían ser condenados a prisión de tres a 10 años, según el nuevo código penal aprobado ayer por el Senado.

La penalización incluye a las personas que incurran y causen el aborto, pero en el caso de no profesionales la prisión será de 2 a 3 años.

La pieza tenía 12 años de discusión de modificaciones en el Congreso Nacional.

En el año 2014 el presiente Danilo Medina observó los artículos referentes al aborto para que los legisladores especifiquen las excepciones que deben prevalecer en caso de penalizar la interrupción del embarazo.

En los últimos meses sociedades médicas y profesionales de la salud habían presionado para que no se penalice la participación de los médicos en su práctica. Sin embargo, hoy hay otra realidad.

La pieza también contempla que las agresiones sexuales diferentes a la violación y al incesto que causen la muerte a la víctima, se sancionará con penas de 20 a 30 años de prisión mayor o multa de 30 a 40 salarios.

Eleva la pena máxima de 30 a 40 años de cárcel y castiga el feminicidio con 40 años de prisión.

Dentro de las modificaciones al Código Penal se fija la acumulación de las penas hasta 60 años de reclusión, una de las principales novedades de la pieza legislativa.

Se castiga con pena de 20 a 30 años de prisión mayor y multa de 20 a 30 salarios mínimos, cuando causen lesión o incapacidad permanentes; y de 10 a 20 años de prisión mayor y multa de 10 a 20 salarios, cuando cause alguna lesión o incapacidad por más de 90 días.