San José.- Este 1 de diciembre, como cada año, el mundo conmemora el Día Mundial de la Lucha contra el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y su enfermedad asociada, el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
En Costa Rica, la semana de conmemoración llegó el martes anterior cuando el Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate, el proyecto de ley 21.031 que reforma la Ley General sobre el VIH/SIDA, modificando y actualizando de manera integral la legislación al respecto vigente hasta el momento, la Ley 7771, cuya última reforma ocurrió el 29 de abril de 1998.
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Entre las modificaciones que incluye la futura ley, destacan la obligatoriedad de que las mujeres embarazadas se sometan a una prueba de VIH para prevenir el contagio del no nato, algo que ya se aplica como parte de los protocolos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), pero que ahora recibe carácter de obligación vía ley.
Además, se determinó que la prueba será obligatoria para personas que vayan a realizar donación de productos biológicos humanos, entre los que se incluye la sangre, los hemoderivados, la leche materna y los órganos y otros tejidos; así como para personas que hayan tenido accidentes laborales con exposición de riesgo biológico.
En el caso de personas menores de edad, la nueva ley dispone que la prueba deberá aplicárseles si existe contradicción entre el criterio de los padres, madres o de quienes ejercen la responsabilidad parental y el criterio de las personas profesionales en salud sobre la necesidad de realizar dicho test.
Por otro lado, se elimina la actual obligación de hacerse la prueba cuando un médico lo considere necesario, o cuando un juez lo pida para fines procesales penales o de divorcio.
El proyecto también dispone la creación del Consejo Nacional de Atención Integral de VIH (abreviado como CONASIDA), el cual estará adscrito al Ministerio de Salud y cuya función será apoyar las políticas públicas y los programas de acción relacionados con el VIH y VIH avanzado en el ámbito nacional.
Además, se otorga protección de no-despido por discriminación a los trabajadores que, voluntariamente, comuniquen su estado serológico a su empleador, al tiempo que obliga al empleador a cumplir con la garantía del derecho a la confidencialidad y atención integral de la persona.
Adicionalmente se otorga el derecho a todas las personas de acceder oportunamente al condón femenino y masculino de calidad en los servicios de salud públicos y privados, así como de los nuevos procedimientos en la materia aceptados por el Ministerio de Salud.
La nueva ley también reconoce el derecho de acceder a la prueba de VIH y a que esta se realice de manera oportuna en los servicios de salud públicos y privados, siguiendo las normas de calidad establecidas por el Ministerio de Salud, y contando con información, consejería y asesoramiento previo y posterior a la prueba. Por ello, la prueba será gratuita en los servicios de salud públicos y se deberá garantizar la confidencialidad de los resultados, así como la comunicación de estos por un profesional de la salud, en un espacio y momento adecuado.
Ahora, el texto aprobado pasará a Presidencia donde deberá recibir la firma del mandatario Carlos Alvarado Quesada para que, tras su publicación en La Gaceta, se convierta en ley de la República.
Fuente. Delfino.Cr