Con el objetivo de orientar sobre los beneficios de la Ley 379-81, que establece el régimen de pensiones y jubilaciones de los empleados públicos, la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP), ofreció una charla a personas de diferentes áreas y departamentos del Ministerio de Salud.
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En el encuentro participaron alrededor de 30 empleados de dicha institución a quienes los exponentes de la DGJP explicaron los beneficios del Sistema de Reparto de la Ley 379-81, los requisitos para recibir los distintos tipos de pensiones, incluyendo las pensiones por antigüedad y discapacidad.
Pedro Alcántara, facilitador de la Coordinación de Cooperación Nacional e Internacional de la DGJP, explicó que la solicitud de pensión por antigüedad aplica para todos los afiliados al Sistema de Reparto que hayan prestado servicios en el Estado durante 20 años o más, y hayan cumplido la edad de 60 años, según lo que establece el artículo uno de la Ley 379-81.
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Las charlas que ofrece la DGJP forman parte de su programa de orientación a los empleados públicos para que conozcan los derechos y deberes que establece la Ley 379-81.
Han impactado a más de 850 servidores públicos en entidades como los ministerios de Agricultura, Turismo, Obras Públicas, Superintendencia de Seguros, Comedores Económicos del Estado y otras.
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Alcántara resaltó que para la solicitud de pensión por discapacidad aplica todo afiliado al Sistema de Reparto que haya prestado servicios en el Estado durante cinco años o más y demuestre que sufre invalidez física, una seria enfermedad o impedimento orgánico que lo incapacite del trabajo productivo, según lo indicado en el artículo tres de la normativa.
De igual forma, Alcántara abordó los temas sobre marco legal de la DGJP, los servicios en línea que ofrece la entidad, el traspaso del Sistema de Capitalización Individual (SCI) al de Reparto, entre otros puntos.