Experto explica montos impuesto deben pagar médicos

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En estos tiempos de asedio y acoso respecto a impuestos, eldosnegros.JPG Hospital Traumatológico Ney Arias Lora ofreció una charla a médicos y personal de salud para explicar sobre los montos a pagar por el Impuestos Sobre la Renta (ISR) y la importancia de la Declaración Jurada de Bienes exigidos por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

El disertante fue Henry Medina, el asesor independiente en materia de impuestos, quien destacó que el desconocimiento no es justificación para obviar el pago del Impuesto Sobre la Renta.

El especialista en tributación explicó al personal médico del Ney Arias Lora que si una persona alega ignorancia, el organismo recaudador apelará a la máxima que dice que “la Ley es dura, pero es la ley”.

Dejó claro de quiénes son las personas no sujetas al pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR), siendo estas las que no superan al año los 416 mil 220 pesos por concepto de ingresos.

“Si al año sus ingresos no exceden los RD$416,220.00 entonces usted no tienen la obligación ni el deber de pagar el Impuesto Sobre la Renta, pero quienes sí lo superen, entonces pagarán el impuesto de forma escalada”, expresó.

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Los montos

Manifestó que si una persona percibe anualmente más de los RD$416,220.01, hasta los RD$624,329.00, entonces la DGII le cobrará el 15% del excedente.

Dijo que si el monto RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00, la DGII le retendrá el 20% del excedente, en tanto que 867,123.01 en adelante, la DGII cobrará el 25% del excedente y que tanto el 15%, el 20% como el 25% se cobra de forma escalada.

Expresó que a pesar de que muchas personas se quejan, ese formato es uno de los más justos del sistema financiero, pero que a pesar de los esfuerzos de la DGII, la evasión de Impuestos sobre la Renta ronda el 50%, mientras que la evasión del ITBIS anda por el 40%.

Destacó que las personas jurídicas son más formales que las personas físicas y que por eso es la DGII les cobra el 10% a los profesionales independientes.

“Lo hace porque sabe que es muy difícil que una persona vaya por voluntad propia a decirles que le retengan el dinero”.

El ISR se calcula deduciendo de los ingresos brutos los gastos comprobables, sus costos y gastos, los cuales deben ser enviados en el formulario 606 de manera obligatoria.

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Manifestó que los médicos no están exentos de pagar el Impuesto Sobre la Renta y que si tienen consultorios están en la obligación de hacer las declaraciones juradas todos los años.

Se refirió al Procedimiento Simplificado de Tributación (PST), del cual sostuvo proviene de un decreto para beneficiar a los profesionales liberales.

“Este sistema surge porque es complicado tributar, y por eso para las personas que no tienen contabilidad organizada sirve para facilitarles el proceso”, dijo.
Expresó que a ese sistema pueden acogerse todos los profesionales liberales que perciban RD$8,771,771.50, siempre y cuando no superen ese monto, en ese sentido dijo que califican los abogados, los médicos, periodistas, odontólogos, dueños de colmados y salones, entre otros.

“Pueden acogerse las personas físicas o negocios sin contabilidad organizada cuyos ingresos no superen los RD$8,771,771.50”, reiteró.

Citó algunas ventajas que implica acogerse al PST entre las que figuran que no requiere contabilidad organizada, no paga anticipos sobre la renta ISR, no pagan impuestos a los activos, disponen de acuerdo de pago automático para el ISR (3 cuotas para compras y dos cuotas para ingresos), los primeros meses del año no tienen que efectuar el pago al ISR (para el PST de compras), no tienen que remitir las informaciones de comprobantes fiscales en sus compras y ventas del año anterior.

Si una persona nunca ha pagado el Impuesto Sobre la Renta, la Dirección General de Impuestos Internos puede buscar el pago hasta tres años hacia atrás, pero si la entidad entiende que es fraude y lo demuestra, entonces puede perseguir hasta el origen del delito para cobrar el impuesto.

Las personas que tienen dos empleos deben elegir un agente de retención para que les retenga el monto correspondiente de una sola fuente. Además, sugirió que cada empleado pida de manera mensual la retención de impuestos en la empresa donde trabaja a los fines de poder evitar el cobro doble de impuestos.

Manifestó que al cierre del año fiscal, la Dirección General de Impuestos Internos otorga una prórroga de 90 días, es decir, al 31 de marzo, para que la persona física pueda presentar su declaración jurada de bienes; pero si la persona no lo hace, entonces le castiga cobrándole el 10% por mora e interés el primer mes y un 4% los meses siguientes.

La información está contenida en una nota de prensa del Ney Arias Lora.